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El Defensor del Pueblo, Enrique Múgica |
Entre las distintas razones que FEMYTS aduce al Defensor del Pueblo para sustentar la suspensión cautelar y el recurso de constitucionalidad se encuentran los siguientes:
- El Real Decreto Ley ordena reducir, con criterios de progresividad, la masa salarial de los empleados públicos un 5 por ciento, tanto en las retribuciones básicas como en las complementarias. Estas últimas son competencia de las Comunidades Autónomas y la citada norma ha vulnerado sus competencias.
- La reducción se aplica únicamente a la condición de trabajador-funcionario lo que constituye una discriminación por esa condición, puesto que no se aplica a los empleados de las empresas públicas que estarían dentro de la misma conceptualización del Real Decreto Ley en cuanto a demanda de sacrificios a empleados retribuidos con dinero público y estabilidad de empleo garantizada.
- Asimismo elReal Decreto Ley se aplica con retroactividad, algo contrario a los fundamentos del Derecho, ya que no congela salarios sino que reduce cuantías pactadas dentro de una negociación colectiva. FEMYTS aporta en este aspecto distintas sentencias del Tribunal Supremo que constituyen en este aspecto jurisprudencia consolidada que no ha respetado el Gobierno.
FEMYTS recuerda que antes de una decisión tan grave, como la tomada con los empleados públicos y pensionistas, habría que considerar que existen muchos focos de ineficiencia, injustificables cargos en el actual organigrama gubernamental, gastos y subvenciones millonarias, incomprensibles en una situación de crisis como la actual, que podrían haberse suprimido antes de recurrir a complicarles la vida a pensionistas y funcionarios recortando sus salarios.