Un médico de familia del Centro de Salud de Antequera, se declaró objetor en conciencia contra el aborto, por escrito, en noviembre de 2010. La gerencia del Area Sanitaria Norte de Málaga le denegó, también por escrito, la posibilidad de objetar. Ante ello, el citado médico de familia interpuso un recurso contencioso-administrativo por la vía de especial protección de derechos fundamentales. En dicho recurso, el médico solicitaba que los tribunales se pronunciasen sobre su derecho a objetar y, mientras se producía dicha sentencia, solicitó la suspensión cautelar de la negativa del SAS.
En marzo de 2011, el Tribunal de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Málaga dictó un Auto desfavorable, por el cual le denegaba la suspensión cautelar. El médico recurrió dicho Auto ante el TSJA y éste se ha pronunciado recientemente a su favor, revocando el auto desfavorable previo y concediendo la suspensión cautelar solicitada.