
Condicionamiento del acceso a los incentivos
Entre los aspectos fundamentales que SATSE rechaza se encuentra el de que sea la dirección de la Unidades de Gestión Clínica la encargada de la planificación y propuesta de los horarios, turnos y tareas a desarrollar por cada profesional que integra la misma, defendiendo el sindicato que debería someterse a la normativa general de aplicación al personal estatutario del servicio de salud correspondiente. Además, el Sindicato de Enfermería resalta que el proyecto normativo no se establece ninguna cláusula de garantía de los derechos adquiridos de cada profesional que se integre en la Unidad, permitiendo además que la dirección establezca un sistema propio de selección de personal directivo y de mandos intermedios.Por último, SATSE se opone también a que en el Real Decreto se vincule el funcionamiento de las Unidades de Gestión Clínica a los resultados obtenidos en términos económicos en lugar de los conseguidos en resultados de salud, calidad asistencial y atención al usuario, afirmando que lo anterior "condiciona el acceso a los incentivos al grado de cumplimiento de los objetivos generales asignados a la Unidad, cuya forma de evaluación no queda clara y podría dar lugar a arbitrariedades".