"Los MIR tienen derecho a un descanso semanal de 36 horas semanales ininterrumpidas, según el Derecho europeo. Por ello, cuando los MIR tienen guardia el sábado, si no libran el lunes, se produce una vulneración de este derecho", explican desde Jusamed. La novedad de esta sentencia, según la citada organización, es que "la vulneración no solo se produce los sábados, sino también cuando la guardia es en domingo: en este caso, el MIR tiene derecho a librar el viernes".
El Juzgado declara "el derecho de las demandantes a un descanso semanal ininterrumpido de 36 horas en un periodo de referencia de 14 días, lo que ha de suponer, bien 36 horas semanales de descanso ininterrumpido, o bien 72 horas de descanso ininterrumpido en un periodo de 14 días para el caso de que, por razones del servicio, no se haya disfrutado del descanso de 36 horas semanales señalado".
Además, "por primera vez, se reconoce el derecho a la indemnización económica por no haber librado sábados y domingos, con cuantías de más de 7.000 euros. Por el momento, únicamente se aplica a los MIR del Hospital de Fuenlabrada. No es extensible a otros hospitales de la Comunidad de Madrid", indican desde esta plataforma. En concreto, el fallo, al que accedió Acta Sanitaria, señala que el referido centro deberá abonar, a cuatro profesionales sanitarias afectadas, una indemnización por los periodos de descanso no respetados, con cantidades que van desde los 5.040,84 euros y hasta los 7.561,26 euros.