Julián Ezquerra
Así, desde esta organización sindical reclaman que la norma garantice "la suficiente seguridad para que no haya responsabilidades jurídicas al profesional que, libremente, se incorpore a este proceso y lo lleve a efecto", así como "la seguridad jurídica también de los pacientes".
Otro de los factores que, según Amyts, debe estar asegurado por la normativa es "la objeción de conciencia para aquellos profesionales a los que esta práctica les pueda suponer una crisis de identidad personal o profesional y que, por lo tanto, no se vean marginados". "Estas tres consideraciones deben estar incluidas y bien desarrolladas en la norma legislativa si se lleva a cabo", apunta.
"Garantía jurídica, desde luego, y, en primer lugar, para el paciente; en segundo lugar, para los profesionales que se vean implicados. Y, más allá de la garantía jurídica, que nunca pueda suponer marginación para los profesionales que sean objetores", resume el coordinador de Formación y Desarrollo Profesional de Amyts, el doctor Miguel Ángel García Pérez, que es máster en Bioética.