Dictamen sobre sociedades profesionales y Oficinas de Farmacia. Uría Méndez
Etiquetas: 15 junio 2007, Actividad administrativa, Actividad privada, Antecedentes, Ausencia de exigencias comunitarias que impongan la liberalización, Autorización de carácter mixto, Autorización de carácter operativo, Autorización reglada, Boletín Oficial del Estado, Celebración de negocios juridicos, Colaboradores, Colegio Oficial de Farmacéuticos de Valencia, Colegios profesionales, Competencias, Conclusiones, Congreso de los Diputados, Cotitularidad, David Blanquer, Defensa del modelo español de oficinas de farmacía, dictamen, Distinción entre la titularidad y la propiedad de las oficinas de farmacia, Edad de jubilación, Edad determinada, Farmacéuticos, Infracciones administrativas, Intereses públicos, Leyes de ordenación farmacéutica de la Comunidad Valenciana, Límites de la utonomía de la voluntad, Oficina de farmacia, Oficinas, Partido farmacéutico, Preliminar, Profesión titulada de contenido comercial, Propiedad del inmueble donde se establece la oficina de farmacia, Propietarios y titulares, Regencia, Restricciones, salud, Sanidad, Senado, Sociedades Profesionales, Sustitución, Titular de la oficina de farmacia, Titularidad Privada, Tramitación de la ley 2/2007, Transmisión, Unión Europea, Uria Méndez, Valencia, Vázquez de castro.