Dentro del desarrollo de la normativa de Buenas Prácticas de Laboratorio (BPL), iniciada en España en 1993, la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) ha hecho público el presente documento que describe la organización del programa de cumplimiento de Buenas Prácticas de Laboratorio (BPL) de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) y la Unión Europea (UE), los requisitos que han de cumplir los laboratorios que soliciten la certificación de cumplimiento de BPL y el procedimiento por el cual los laboratorios que realizan estudios de seguridad no clínicos de medicamentos, productos sanitarios y cosméticos con fines de autorización y registro, pueden incorporarse al mismo y obtener el certificado de cumplimiento de BPL.
Etiquetas: 30 junio 2014, 30/06/2014, AEMPS, Agencia española de medicamentos y productos sanitarios, BPL, Buenas prácticas de laboratorio, Comité Técnico de Inspección, Cosméticos, CTI, Estudio, Estudios de seguridad, Estudios de seguridad no clínicos, Laboratorios, Madrid, medicamentos, OCDE, Organización de Cooperación y Desarrollo Económico, Productos sanitarios, salud, Sanidad, UE, Unión Europea.
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