La Sentencia, cuyo texto adjuntamos, hace suyos los alegatos del Consejo General de Enfermería y del Ministerio de Sanidad, Asuntos Sociales e Igualdad (a través de la Abogací́a del Estado) y confirma la plena y absoluta legalidad del plan formativo, desestimando uno a uno los argumentos de la OMC. El fallo establece que la Ordeń impugnada (Orden SAS/1729/2010, de 17 de junio) se ciñe a la formación especializada, no a la regulación de la profesión ni a las competencias de los profesionales de la salud.
La Audiencia Nacional advierte que la regulación impugnada no incide en el ejercicio profesional, sino en la formación previa, atribuyendo a los diplomados en enfermería un conjunto de conocimientos, habilidades y competencias, sin menoscabar las atribuciones profesionales de médicos y odontólogos. En cuanto a la prescripción enfermera, la Sala recuerda que, tras la reforma de la Ley del Medicamento, los enfermeros participan en la prescripción de "determinados medicamentos".