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| 3 de Septiembre de 2010 |
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| CESM CRITICA EL ACTUAL 'DESBARAJUSTE' EN LAS JUBILACIONES DE MÉDICOS |
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 De Izq. a Drch.: Patricio Martínez, Andrés Cánovas y Antoni Gallego |
Valencia 18/11/2009 La Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM), en la jornada de trabajo llevada a cabo con motivo de su trigésimo aniversario, ha denunciado que la política de recursos humanos en el Sistema Nacional de Salud (SNS) tiende a una creciente descoordinación, como se pone especialmente de relieve en relación con las jubilaciones, en las que las decisiones se suceden sin la menor lógica. |
Según cuenta la CESM, desde que el Estatuto Marco de las Profesiones Sanitarias, aprobado por el Parlamento en 2003, permitió adelantar el retiro de los facultativos desde los 70 a los 65 años, son ya siete las autonomías que lo aplican, la última de ellas, Madrid, que aprobó una resolución en este sentido el pasado viernes 13 de noviembre y que se suma a una lista en la que aparecen las comunidades autónomas de Andalucía, Cataluña, Baleares, Cantabria, Canarias y La Rioja.
Situación inquietante
La situación inquieta a la principal organización sindical del sector pues, según comenta, no ve el modo de casar esta extendida disposición a adelantar la edad de jubilación, justificada al parecer por la necesidad de ahorrar costes en personal, con la manifiesta falta de profesionales que presentan muchas especialidades. De hecho, las dos autonomías pioneras en jubilar a sus médicos a los 65 años, Cataluña y Andalucía, ya han comenzado a dar marcha atrás en sus propósitos iniciales, al comprobar que el retiro sistemático de sus profesionales incide muy negativamente en la adecuación de las plantillas para hacer frente a las necesidades asistenciales.
En el caso concreto de Cataluña hay que añadir que no ha sido por voluntad propia de la Consejería de Salud, o no sólo por eso. Esta comunidad autónoma se ha visto obligada a ello después de que el sindicato Médicos de Cataluña consiguiera una sentencia favor en julio de 2008 en la que el Tribunal Superior (TSJC) declaraba nulas las jubilaciones forzosas por haberse llevado a efecto sin haber materializado previamente un plan de recursos humanos.
Ordenación frente a improvisación
Durante el encuentro celebrado en Valencia, CESM se refirió al retiro obligatorio como una de las principales causas del déficit que padecen en determinadas especialidades, y reclamó que la aplicación obedezca a criterios claros y sea, preferiblemente, voluntaria. CESM ve incongruente que el Gobierno central baraje flexibilizar los criterios de jubilación mientras las consejerías de Sanidad, de uno y otro color, sigan aplicando estrictamente el Estatuto Marco, y pide un plan de ordenación a nivel de todo el SNS que ponga fin a la actual improvisación.
El sindicato profesional considera que una prueba del desbarajuste que existe sobre el particular es otra reciente decisión del Tribunal Supremo (se hizo pública la semana pasada) de denegar el acceso a la jubilación parcial ante la falta de un reglamento que desarrolle esta previsión, contenida igualmente en el Estatuto Marco. En su sentencia, el Supremo condiciona el derecho a la jubilación parcial del personal estatutario a que las comunidades autónomas desarrollen los "planes de recursos humanos" a que obliga la ley.
Éste es también el criterio de los sindicatos médicos, quienes parten del principio de que cualquier medida que se pongan en práctica al respecto debe estar precedida de una planificación rigurosa. El objetivo es que el adelanto de la jubilación, o las excepciones que se establezcan al respecto, se ajusten a las necesidades de la plantilla y no se otorguen de manera arbitraria.
Madrid como síntoma
En la Comunidad de Madrid, la Consejería de Sanidad ha envuelto la resolución que establece la jubilación forzosa a los 65 años en un engañoso procedimiento, en el que dice tener en cuenta el aumento de población y la falta de facultativos. Según el mismo, los facultativos que deseen permanecer en activo superada la edad de jubilación forzosa, deben someterse cada año a una evaluación individualizada. Por otra parte, su puesto de trabajo no será el que han venido desempeñando los últimos años, sino aquel que estime conveniente la Consejería. Dado que pocos admitirán esta imposición, la jubilación forzosa a los 65 años será una realidad "de facto". |
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